SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 25 de agosto de 2017, a horas 11:30, se encontraba descansando dentro su vehículo estacionado en vía pública, “…en la que la Policía Nacional se acercó a mi estaba con aliento alcohólico; no estaba (…) mientras el policía verificaba mi licencia sorpresivamente llegaron al lugar vehículos del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo junto a funcionarios municipales quienes se identificaron como funcionarios de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, [donde la responsable de dicha institución] (…) Elsa Ursula Canedo Escobar (…) incitaba a los policías a que se me detengan y conduzcan a dependencias de tránsito en calidad de aprehendido, mi persona les explicaba que no había cometido ningún delito (…). Posteriormente en dependencias de tránsito (…) pudieron advertir que mi persona no cometió ningún delito dejando que mis persona se vaya descansar haciéndome dejar mi vehículo (…) después sus hijos al recoger su vehículo donde apareció la autoridad accionada reclamaba (…) no estaba detenido y porque soltaron mi vehículo, motorizado, antecedente que fue difundido públicamente por el canal nueve red uno…” (sic).

Refiere que la autoridad demandada, transgredió la “Ley 1551 ratificado mediante Ley 548, Código de la Niñez y Adolescencia”, siendo de competencia velar por la protección y garantías de los menores de edad y que en el presente caso no sucedió, en vista que no había un menor de edad involucrado, pues lo único que existió es el rencor del Alcalde codemandado, y algunos funcionarios, “…quienes me tienen odio y rencor (…), por el solo hecho (…) de haber denunciado actos de corrupción al interior del municipio…” (sic) y llevado procesos en su contra, de esta forma ordenó a trabajadores de ese Municipio que, le hicieran seguimiento en locales de “…expendio de bebidas alcohólicas a objeto dejarme en estado vegetal o darme mi merecido, demostrándose una persecución ilegal y que mi vida corre peligro…” (sic).