Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1098/2017-S1
Fecha: 03-Oct-2017
II.1.
II.1. Mediante Requerimiento Fiscal de 28 de agosto de 2017, emitido por Edwin Sarmiento Valdivia, Fiscal de Materia dentro del caso seguido por el Ministerio Público a denuncia de Felipe Antonio Pacoricoma López contra David Fernando Huanca Miranda y otros por la presunta comisión del delito de falsedad material, requirió: que por el asignado al caso Víctor Hugo Gutiérrez Argote Oficial de Policía, se proceda a verificar el fututo domicilio laboral de Clara Fanny Saravia Quisbert, domicilio ubicado en la calle Genaro San Jinés 423 edificio Libertad, piso 10, oficina 1010, zona Central (fs. 2).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación.
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- cabe señalar que el primer supuesto consignado precedentemente, ha sido modulado por la SCP 0185/2012 de 18 de mayo,
- ha previsto la figura del Juez Cautelar como encargado del control de la investigación
- el Código procesal de la materia atribuye, en el art. 54.1 del CPP al Juez Instructor la función de ejercer
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR