SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2017-S3

Fecha: 18-Oct-2017

i)

Edgar Rafael Bazán Ortega, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, a través de su representante, en audiencia manifestó que: i) Los contratos que se suscribió con la accionante fueron a plazo fijo, con fecha de inicio y finalización de la relación laboral claramente determinados; ii) La accionante tenía la condición de Profesional “4” de la Unidad de Regulación Urbana; iii) En los contratos de trabajo suscritos, se establecía que no procedía de ninguna forma la tácita reconducción; iv) El art. 1 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo, prevé que no están sujetos a las disposiciones de dicha Ley, ni a ese Reglamento, los funcionarios y empleados públicos de los Gobiernos Municipales; asimismo, los Autos Supremos 75/2015 de 24 de febrero de 2014 y “163/2012”, señalan que los funcionarios designados y de libre nombramiento no son considerados como funcionarios de carrera, tampoco se encuentran sujetos a la Ley General del Trabajo ni al Estatuto del Funcionario Público; v) No existió desvinculación ni despido injustificado; y, vi) Contra la Conminatoria de reincorporación se presentó el recurso de revocatoria el 1 de junio de 2017, teniendo de manera posterior el recurso jerárquico, por lo tanto no se hubieren agotado las vías de impugnación.