SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1108/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1108/2017-S3

Fecha: 25-Oct-2017

i)

El accionante estima como vulnerado su derecho al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, por cuanto los Vocales hoy demandados al emitir el Auto de Vista ahora cuestionado, incurrieron en las siguientes actuaciones indebidas: i) No verificaron la ausencia de prueba o documentación que acreditó la concurrencia de los riesgos procesales establecidos en los arts. 234.10 y 235.1 y 2 ambos del CPP; y, ii) No se pronunciaron respecto a los Autos de 30 y 31 de agosto de 2017, que fueron emitidos de forma contradictoria, puesto que el primero, determina un plazo de sesenta días para la investigación y el segundo, treinta días para presentar resolución de acusación.