Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2017-S2
Fecha: 23-Oct-2017
I.2.3. Intervención de terceros interesados
Nicolás Jaimes Moreno, en su condición de tercer interesado, presente en audiencia a través de su abogado, señaló que: Los Magistrados demandados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, simple y llanamente no quieren resolver el recurso de casación conforme lo dispuesto por la SCP 0264/2017-S2 de 20 de marzo, sin considerar que esa actitud le genera a muchas personas un grave daño y sepulta el sacrificio de trabajo de muchos años; por lo que, solo pide se haga justicia y que dichas autoridades fallen conforme a derecho y no se limiten a expresar que la omisión no es trascendental, en lugar de manifestarse sobre lo solicitado y lo resuelto; es decir, con la debida congruencia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Ineficacia de la acción de amparo constitucional para lograr el cumplimiento de lo resuelto en una anterior acción tutelar
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo