SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2017-S1

Fecha: 12-Oct-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción


Mediante memorándum 022/2016 de 27 de enero, emitido por Omar Yura Peñaranda Soruco, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Villamontes del departamento de Tarija, fue reasignado como Asesor Legal Administrativo Financiero, dependiente de la Secretaria Municipal Administrativa Financiera del citado municipio el 1 de marzo del 2017, el ahora accionante puso a conocimiento de Jhon Paul Arias Jerez, Jefe de la Unidad de Recursos Humanos (RR.HH.) del nombrado Municipio, que su esposa Verónica Plata Saldias, se encontraba en proceso de gestación, pese a ello, por memorándum 065/2017 de 6 de marzo, le  agradecieron por sus servicios como asesor administrativo del GAMVM, motivo por el que el 7 de ese mes y año, apeló dicha decisión aduciendo que su esposa se encontraba en etapa de gestación, manifestando estar amparado en la inamovilidad laboral prevista en los arts. “48 y 12” (sic) del Decreto Supremo (DS) 0012 de 19 de febrero de 2009; ante esta determinación, el accionante ahora, recurrió ante Jefatura Regional de Trabajo Empleo y Previsión Social de Villamontes del departamento de Tarija, entidad que emitió la conminatoria de reincorporación JRTVM 01/2017 de 20 de marzo, ordenando al Alcalde de Villamontes cumplir con la Constitución Política del Estado, dándole un plazo de cinco días para la restitución a su anterior puesto laboral del ahora demandante; no obstante tal determinación, no fue cumplida hasta la presentación de la acción de amparo constitucional.