SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2017-S1

Fecha: 12-Oct-2017

improcedente

El Juez Público Primero Mixto Civil, Comercial y de Familia de Villamontes del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución de 25 de agosto de 2017, cursante de fs. 138 vta. a 144, de obrados, por la cual declaró improcedente la acción de amparo constitucional, en base a los siguientes fundamentos: i) A fs. 45, 46, 47, 48, 51, y 54, cursa memorándum 022/2016, boletas de pago y memorial que absuelve la observación en relación a la condición del ahora accionante, de funcionario de libre nombramiento, conforme dispone el art. 5 inc. c) de la Ley del Estatuto del Funcionario Público -Ley 2027 de 27 de octubre de 1999-; ii) Probado el diagnóstico de estado de embarazo positivo y la condición de esposa del demandante, por la documentación de fs. 2, la Jefatura Regional del Ministerio de Trabajo y Previsión Social de Villamontes del citado departamento, citó al Alcalde de Villamontes, y que el mismo justificó su inasistencia, dando respuesta el 20 de marzo de 2017, a lo que el Ministerio de Trabajo, emitió conminatoria de reincorporación a favor del ahora impetrante de tutela; iii) El accionante, interpuso “nota de apelación” contra el memorándum de manera general, y sin establecer el procedimiento administrativo al cual está sometido su condición de reclamar la vulneración al debido proceso, y; iv) El demandante, al tener el cargo de Asesor Legal Administrativo Financiero del Gobierno Autónomo Municipal de Villamontes, es funcionario de libre nombramiento (provisorio), sujeto a las disposiciones contenidas en la Ley de Administración y Control Gubernamental -Ley 1178 de 20 de julio de 1990-, su Decreto Reglamentario y la Ley 2027 -Estatuto del Funcionario Público-, y no así de la Ley General del Trabajo; por lo tanto se constituye en un cargo ejecutivo y de confianza, el cual no está dentro de la protección que brinda el derecho de inamovilidad laboral.