SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1154/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1154/2017-S1

Fecha: 19-Oct-2017

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 11/2017 de 12 de septiembre, cursante de fs. 66 a 69, por la que, denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes fundamentos: i) De acuerdo a los antecedentes se advierte la existencia de un proceso ordinario penal seguido por el Ministerio Público en contra de Ricardo Javier Arellano Albornoz, que derivó en imputación formal y solicitud de aplicación de medidas cautelares de carácter personal, por lo que la autoridad judicial señaló audiencia para el 17 de julio de 2017, empero no se hubiera anunciado la instalación de la audiencia por el personal del juzgado donde radicaba la causa razón por la que el abogado ahora representante sin mandato, se quedó en la ante sala, situación que no se demostró con elementos probatorios; ii) Se dispuso su rebeldía mediante Auto 695/2017 de 17 de julio, el accionante presentó memorial con la suma “purga rebeldía”, pero no justificó la inasistencia de su representado, solo mencionó que no se “pregonó” la instalación de la audiencia, a lo que la Juez mediante decreto ordenó cumpla previamente las costas de rebeldía, providencia a la que se presentó reposición y la Jueza rechazó mediante Auto, que a la fecha se encuentra ejecutoriado porque no fue apelado, que esa era la vía correcta; y, iii) La acción de libertad no se adecua a lo previsto por el art. 125 de la CPE, ya que no se fundamentó en forma concreta, clara y específica sobre si la vida de Ricardo Arellano Albornoz se encuentra en peligro, esta ilegalmente perseguido, procesado o privado de su libertad, es en ese sentido que no existió vulneración a su libertad.