DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2017

Fecha: 15-Nov-2017

celebrar contratos o realizar negocios con la Administración Pública

En sujeción a las leyes vigentes, conforme lo establecido en el art. 236 de la CPE, la alcaldesa o alcalde está prohibido de desempeñar simultáneamente otro cargo público remunerado a tiempo completo; de actuar cuando sus intereses entren en conflicto con los del Gobierno Autónomo Municipal de Camargo; celebrar contratos o realizar negocios con la Administración Pública directamente, indirectamente o en representación de tercera persona y nombrar en la función pública a sus cónyuges y a personas con las cuales tenga parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad” (las negrillas son nuestras).