Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2017
Fecha: 15-Nov-2017
II.2.
II.2. Con lo manifestado y habiéndose declarado la incompatibilidad con el texto de la Constitución Política del Estado de los arts.: 19; y 41.I en la DCP 0148/2016 de 1 de diciembre, corresponde realizar una nueva contrastación con la Norma Suprema, a objeto de establecer si las modificaciones realizadas, confieren a las previsiones observadas un sentido y alcance acorde con los preceptos constitucionales.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1.
- II.2.
- los cónyuges o sus parientes
- y celebrar contratos o realizar negocios con éste directamente, indirectamente o en representación de tercera persona
- celebrar contratos o realizar negocios con la Administración Pública
- parágrafo I
- parágrafo II
- 3. DISPONER