SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1146/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1146/2017-S3

Fecha: 09-Nov-2017

II.3.

II.3.  Mediante informe de 29 de septiembre de 2017, emitido por David Sebastián Méndez Arandia, Responsable de la Sección Personal del Batallón de Seguridad Física Estatal 1 de la Policía Boliviana, dirigido a Alex Ríos Pérez, Comandante del Batallón de Seguridad Física Estatal, en el cual refiere que: i) El 26 y 27 del indicado mes y año, de acuerdo a información del personal de seguridad del Tribunal Constitucional Plurinacional, las actividades laborales se desarrollaron de manera normal y sin inconvenientes; ii) El 28 de ese mes y año, funcionarios policiales de seguridad, le informaron sobre una supuesta toma de las instalaciones del Tribunal, por lo que inmediatamente se constituyó en el lugar, y una vez allí, pudo verificar que un grupo de personas acompañadas de la Prensa, querían ingresar de manera violenta; iii) Por tal motivo se apersonó inmediatamente en el despacho de Álvaro Jorge Llanos Pereira, Secretario General del mencionado Tribunal y Encargado de Coordinación de Seguridad, para informar sobre lo ocurrido, el mismo -se entiende el Secretario General- pidió que se cerraran las puertas hasta que pase el problema y con el fin de precautelar la propiedad pública del Estado, la integridad de los Magistrados, el personal del Tribunal y de los funcionarios policiales de seguridad e inclusive de los huelguistas, debido a que se encuentran en un ambiente de puro vidrio; iv) En ningún momento recibió instrucción del Comandante Departamental de la Policía Boliviana de Chuquisaca de cerrar las puertas con cadena y candado; v) No se restringió la libertad de locomoción de los huelguistas, ya que pueden salir y entrar de las instalaciones en cualquier momento, incluso tienen habilitado un sanitario exclusivamente para su uso; vi) En horas de la tarde, habiendo verificado la no existencia de alguna movilización hacia el Tribunal Constitucional Plurinacional, se abrieron las puertas, regularizando la atención al público en general; vii) Los huelguistas fueron increpados en el interior por una persona de sexo femenino a quien se hizo retirar del lugar, por tal motivo, se les consultó que por resguardar su integridad física, se cerraría las puertas con candado y cadena en horas de la noche, los mismos de manera agradecida dijeron por favor y muchas gracias; y, viii) Hace notar que por medidas de seguridad, las puertas del Tribunal Constitucional Plurinacional se cierran a mediodía, en la noche y cuando existe amenaza a la seguridad de las instalaciones (fs. 21 a 22).