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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2017-S1

    Fecha: 17-Nov-2017

    II.1.

    II.1.  Mediante providencia de 20 de julio de 2015, la ahora Jueza Pública Civil y Comercial Segunda del departamento de Santa Cruz, conminó a María del Rosario Espada Herbas y/o ocupantes para que desocupen y entreguen el inmueble dentro del plazo de diez días a partir de su legal notificación, bajo alternativa de librarse mandamiento de desapoderamiento, disponiendo que dicha diligencia sea de manera personal; la cual fue notificada el 10 de agosto de igual año en la “peluquería Punata”, con testigo de actuación, así como en el Tablero de notificaciones del Juzgado que dirige la jueza referida el 14 del mismo mes y año (fs. 6 y 7).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Informe de los demandados
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • III.
    • III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
    • 1)
    • III.2. Sobre la acción de amparo constitucional y la aplicación de la subsidiariedad excepcional
    • III.3
    • CONFIRMAR

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