Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017-RQ
Fecha: 12-Dic-2017
CONFIRMAR
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado; y, el art. 27.III del Código Procesal Constitucional, resuelve: CONFIRMAR el AC 0270/2017-CA de 28 de septiembre; y, en consecuencia RECHAZAR la demanda de acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Guerta Hipatía Samur Rivero y Juan Gerardo Arce Lema en representación legal de BBVA Previsión Administradora de Fondo de Pensiones S.A.
- I.1. Rechazo de la acción de inconstitucionalidad concreta por la Comisión de Admisión
- I.2. Síntesis de la solicitud de parte
- II.1. Naturaleza y objeto del recurso de queja
- ausencia de fundamento jurídico constitucional como causal de rechazo permite realizar un control de admisibilidad orientado a precautelar el objeto del recurso constitucional que pretende activarse
- II.2. Análisis del recurso de queja
- Respecto al inciso a)
- CONFIRMAR