AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017-RQ
Fecha: 12-Dic-2017
I.2. Síntesis de la solicitud de parte
Sorprende que el Auto Constitucional Plurinacional, impugnado, señale que la acción presentada carezca de fundamentación, cuando la misma se encuentra plenamente desarrollada en el numeral tres del memorial de la acción de inconstitucionalidad concreta; se indicó también que sólo se hubiera hecho copia del contenido de los artículos de la norma suprema; sin embargo, la Comisión de Admisión no advirtió que no solo se transcribieron los mismos, sino que también se desarrolló fundamentación en cada uno de ellos, explicando del porque la norma acusada de inconstitucional es incompatible con la Constitución Política del Estado.
Asimismo, señala que en el título “IV. APLICACIÓN DEL INC. V) DEL ARTÍCULO 149 DE LA LEY N° 065 DE PENSIONES DENTRO DEL PROCESO SANCIONATORIO SEGUIDO EN CONTRA DE BBVA PREVISIÓN AFP S.A.” del memorial de acción de inconstitucionalidad, se explicó y fundamentó la relevancia que tendría la declaración de constitucionalidad o inconstitucionalidad en la decisión a asumirse en el caso principal.
Motivos por los que considera que el indicado Auto Constitucional Plurinacional, violenta el art. 28.I del CPCo, toda vez que no contiene suficientes argumentos de hecho ni derecho que justifique su decisión, ya que en la acción presentada, no sólo se transcribieron artículos de la norma Suprema, sino también se explicó de manera fundamentada cada una de ellos, respecto a la incompatibilidad con la norma acusada de inconstitucional; así como también señala la relevancia que tendría la declaratoria de constitucionalidad o inconstitucionalidad, por lo que solicita se ordene la admisión de la misma.
- I.1. Rechazo de la acción de inconstitucionalidad concreta por la Comisión de Admisión
- I.2. Síntesis de la solicitud de parte
- II.1. Naturaleza y objeto del recurso de queja
- ausencia de fundamento jurídico constitucional como causal de rechazo permite realizar un control de admisibilidad orientado a precautelar el objeto del recurso constitucional que pretende activarse
- II.2. Análisis del recurso de queja
- Respecto al inciso a)
- CONFIRMAR