Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017-RQ
Fecha: 12-Dic-2017
II.2. Análisis del recurso de queja
De acuerdo a la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico II.1 de ésta Resolución, se advierte que la naturaleza jurídica del recurso de queja consiste en poner en tela de juicio los argumentos por los cuales la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, no admitió determinada acción o causa constitucional y así lograr la revocatoria de esa decisión y obtener la respectiva admisión, de lo contrario, impugnar aspectos ajenos a las razones y motivos del rechazo de admisión, desnaturaliza el mismo.
- I.1. Rechazo de la acción de inconstitucionalidad concreta por la Comisión de Admisión
- I.2. Síntesis de la solicitud de parte
- II.1. Naturaleza y objeto del recurso de queja
- ausencia de fundamento jurídico constitucional como causal de rechazo permite realizar un control de admisibilidad orientado a precautelar el objeto del recurso constitucional que pretende activarse
- II.2. Análisis del recurso de queja
- Respecto al inciso a)
- CONFIRMAR