Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2017-ECA
Fecha: 28-Dic-2017
María Lília Hurtado Justiniano
En la solicitud de aclaración complementación y enmienda presentada por María Lília Hurtado Justiniano, Alfredo López Céspedes, Juan Alberto Coca Bruno, Katterine Rivadeneira Rocha, Julio Pastor Villarroel Pérez, Carmelo Antonio Méndez Velásquez, Jhonny Francisco López Zelada y Yandira Mercedes Chávez Salvatierra contra Juan Pablo Rollanos Velasco, Director Ejecutivo de la Fundación y Rector del Instituto Tecnológico “INFOCAL – SANTA CRUZ”.
- María Lília Hurtado Justiniano
- a)
- receso
- sin afectar el fondo del fallo emitido
- De lo contrario se tiene que, no puede ser activado, como una solicitud tendiente a cambiar, modificar o alterar la decisión asumida en la parte resolutiva o alguno de los elementos sustanciales, que constituyen la razón de su decisión, menos para pronunciarse sobre extremos no relacionados con lo expuesto y concluido en el fallo constitucional
- 1)
- NO HA LUGAR