AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2017-CA
Fecha: 02-Feb-2017
Jueza Disciplinaria Segunda de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz
En consulta la Resolución 188-A/16 de 15 de noviembre de 2016, cursante de fs. 534 a 536 vta., pronunciada por la Jueza Disciplinaria Segunda de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Federico Jiménez Rúa quien demandó la inconstitucionalidad de los arts. 30.I y 32 del Reglamento de Régimen Disciplinario para las Jurisdicciones Ordinaria y Agroambiental aprobado por el Consejo de la Magistratura, mediante Acuerdo 109/2015 de 26 de octubre, por ser presuntamente contrarios a los arts. 13.I; 14.I; 109.I; 115.II; 116.I; 117.I; 119.I y II; 180.I y II; y, 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Jueza Disciplinaria Segunda de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado.
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR