AUTO CONSTITUCIONAL 0040/2017-CA
Fecha: 15-Feb-2017
rechazar
El Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del departamento de Santa Cruz, por Resolución 09/2017 de 26 de enero, cursante de fs. 14 a 15 vta., determinó rechazar la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) El proceso penal seguido contra el accionante es por la presunta comisión del delito de violación, tipo penal que se encuentra previsto en el art. 308 del Código Penal (CP), cuya constitucionalidad de ninguna manera fue cuestionada; por lo que, la resolución a pronunciarse no depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma cuestionada; b) Conforme a la Disposición Final Segunda de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, la modificación al art. 314 del CPP, establecida por el art. 8 de la citada Ley, solo será aplicable a los procesos que inicien con posterioridad a la publicación de dicha Ley; y, c) La solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso si bien se rechazó porque fue considerada y tramitada conforme a normativa, emitiéndose un pronunciamiento sobre el fondo, no siendo necesario activar este mecanismo constitucional para ingresar a considerar lo solicitado.
- Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del departamento de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazar
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción
- II.3. Análisis del caso concreto
- la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
- RATIFICAR