Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2017-RCA
Fecha: 23-Feb-2017
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante por intermedio de su representante, considera lesionados sus derechos al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación, congruencia y omisión valorativa; citando al efecto los arts. 115.II, 117.I y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).