DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0007/2017
Fecha: 08-Feb-2017
modelo de Estado Plurinacional con autonomías
El modelo de Estado Plurinacional con autonomías, se edifica en una nueva organización territorial y en una diferente distribución del poder público a nivel territorial, lo que implica el ejercicio de atribuciones y competencias por parte de las entidades territoriales autónomas (ETA), las cuales, por el carácter plurinacional del modelo de Estado, integran en su estructura una representación directa de las naciones y pueblos indígenas originarias y campesinas (NPIOC), según normas y procedimientos.
Finalmente, es importante recordar que la instauración de un modelo de Estado con autonomías en Bolivia, ha sido inspirado por dos vertientes, por un lado, las demandas históricas de autonomía, libre determinación y autogobierno de los pueblos indígenas, dada su existencia pre colonial; y, por otro, las demandas de una mayor descentralización administrativa, política y financiera de los departamentos y municipios, con el objeto de asegurar una efectiva materialización de políticas públicas para la provisión y prestación de los servicios públicos y de un mayor acercamiento de las instancias gubernativas administrativas al ciudadano.
En efecto, los departamentos y municipios por motivos que responden a una necesidad de descentralización administrativa más profunda, y los pueblos indígenas y los sectores campesinos por motivos que responden a un aislamiento y desconocimiento de sus diferentes culturas, como de estructuras organizativas y normativas generaron la necesidad de un nuevo pacto territorial que se refleja en toda la Tercera Parte de la Ley Fundamental, “Estructura y Organización Territorial del Estado”, configurando el modelo de un Estado Plurinacional Unitario y con Autonomías, con un componente de división territorial del poder público, donde los órganos ejecutivos y los órganos legislativos de los gobiernos subnacionales, forma parte de la distribución y ejercicio del poder público.
- I.1. Contenido de la consulta
- ¿ESTÁ USTED DE ACUERDO QUE EL MUNICIPIO DE MACHARETI SE CONVIERTA A AUTONOMÍA INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINA, DE ACUERDO CON LOS ALCANCES, PRECEPTOS Y PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO Y LA LEY?
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Del modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- la transformación del Estado boliviano en Estado Plurinacional con autonomías, implica el establecimiento de una nueva estructura, organización territorial y funcional del Estado, basado en la distribución ordenada de funciones y asignación de competencias entre los diferentes niveles de gobierno para la óptima ejecución de los fines y funciones del Estado
- III.2.
- 1)
- La decisión de convertir un municipio en autonomía indígena originario campesina se adoptará mediante referendo conforme a los requisitos y condiciones establecidos por ley
- Artículo 44. (JURISDICCIÓN TERRITORIAL DE LA AUTONOMÍA INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINA).
- II.
- i)
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Si se cumplen los criterios señalados en el parágrafo II, el Tribunal electoral competente remitirá la o las preguntas de la propuesta al Tribunal Constitucional Plurinacional, para efectos de su control de constitucionalidad
- municipio de Machareti
- 4.
- CONSTITUCIONALIDAD