Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2017-S1
Fecha: 02-Feb-2017
acción de libertad
En revisión la Resolución 119/2016 de 9 de noviembre, cursante de fs. 63 a 75, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Teresa Susana Subieta Serrano, Delegada Departamental de La Paz dependiente de la Defensoría del Pueblo en representación si mandato de Viviana Herrera Ayala contra Jhonny Reynaldo Vega Gareca, Rosario Valdivia Flores, Tania Muller Larico y Rubén Calle Calle Director Departamental, Jefa de Servicio e Investigadores respectivamente, todos de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) del referido departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.3. De la acción de libertad innovativa
- Consiguientemente, del contenido de los preceptos aludidos y los debates parlamentarios glosados, se extrae de manera clara y precisa que la voluntad del legislador es que las lesiones al derecho a la libertad encuentren protección dentro del ámbito del hábeas corpus, declarando su procedencia en los casos en que se constate la existencia de una ilegal privación de libertad, no obstante haber cesado la detención antes de la interposición del recurso…
- III.4.Análisis del caso concreto
- tienen derecho a no sufrir cualquier tipo de violencia
- CONFIRMAR