SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2017-S1

Fecha: 15-Feb-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Trabajó en el “Colegio Americano Internacional de Bolivia (AIS/B)” desde el 2 de agosto de 2013 hasta el 3 de febrero de 2016, mediante tres contratos a plazo fijo de un año –aproximadamente–, en un cargo de apoyo académico y con un sueldo de $us400.- (cuatrocientos dólares Americanos); sin embargo, sin justificación alguna, la institución demandada dispuso su despido a pesar que cumplía       labores propias y permanentes en la misma; en consecuencia, acudió al Jefe Departamental de Trabajo de Cochabamba, quien emitió la conminatoria           “MTEPS/JDTCBBA/N° 101/2016” de 5 de abril, instruyendo su reincorporación inmediata a partir de su legal notificación a su fuente laboral, en el último cargo que desempeñaba, el pago de los salarios devengados, se le restituya el seguro de corto y largo plazo cuanto antes, la prohibición de toda clase de acoso laboral y discriminación, y la prohibición de suscripción de más contratos a plazo fijo; toda vez que cuenta con un contrato indefinido y demás derechos sociales que corresponden a la fecha de la reincorporación en virtud al Decreto Supremo         (DS) 495 de 1 de mayo de 2010; empero, la entidad demandada hizo caso omiso de la misma y consecuentemente, el 25 de mayo de igual año se realizó la verificación por parte del Inspector del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, constatando la negativa y resistencia por parte de la parte demandada para cumplir con la referida conminatoria, vulnerando sus derechos laborales.