SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2017-S2

Fecha: 06-Feb-2017

concedió

La Jueza Pública Civil y Comercial Vigésima Séptima del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 01/16 de 22 de noviembre de 2016, cursante de fs. 68 vta. a 70, concedió la tutela solicitada, sin costas disponiendo dar cumplimiento en el plazo de veinticuatro horas, a la                      RA JDTSC/CONM 022/2016 debiendo procederse a la reincorporación de la accionante en su mismo puesto de trabajo con reposición de salarios devengados desde su despido a la fecha, manteniendo su antigüedad y demás derechos que le asisten, prohibiendo cualquier forma de acoso laboral; decisión asumida en base a los siguientes argumentos: i) La accionante ha prestado sus servicios a la empresa demandada durante veintiún años, siendo inaceptable que en el Estado social inclusivo el capitalismo o lo económico sobre los derechos sociales del trabajador, siendo despedida arbitrariamente sin causa justificada conforme prevé la Ley General del Trabajo y su Reglamento; ii) La jurisprudencia comprendida en la SCP 0177/2012 de 14 de mayo, refiere el reconocimiento de los principios normativos que surgen con nuevos conceptos sociales como la preservación de los derechos laborales y su interpretación de acuerdo con el art. 48.II de la CPE; el principio in dubio pro operario, de estabilidad y continuidad laboral, de primacía de la realidad, de no discriminación; la opción del trabajador, ante un retiro por causas no contempladas en el art. 16 de la LGT, de solicitar el pago de sus beneficios o la reincorporación a fuente laboral; y, iii) La accionante agotó la vía administrativa en todas sus instancias para interponer la presente acción de amparo constitucional demostrando que la empresa TELECEL S.A suprimió ilegalmente su derecho al trabajo y a            la estabilidad laboral, correspondiendo otorgar la tutela, bajo el principio de inmediatez.