SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017-S3

Fecha: 24-Feb-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 1 de diciembre de 2016 aproximadamente a horas 09:00 a.m., los funcionarios policiales Álvaro Delgadillo Pimienta, Juan José Tapia Terrazas y Ronald Cossio Siles -ahora codemandados-, sin contar con orden de aprehensión, ni existir flagrancia o se haya emitido citación previa, procedieron a privar del derecho a la libertad de locomoción de sus personas, para posteriormente ser trasladados a dependencias de la FELCC de la Laguna Alalay, División Homicidios, siendo entregados al asignado al caso.

Así, sus representantes fueron a entrevistarse con la autoridad fiscal ahora demandada, quien aceptó que su detención es ilegal, ya que no se libró citación y menos orden de aprehensión, desconociendo a qué título se encontrarían en dependencias de homicidios de la FELCC, por lo que se comprometió a determinar su inmediata libertad, sugiriéndoles que vayan a recoger a los menores.

Una vez en dependencias de la FELCC, el asignado al caso les informó que se mantendrían “en detención” hasta que presten declaración informativa, misma que se llevaría a cabo a horas 14:30 en dependencias de la Estación Policial Integral (EPI) Sur; y en caso de presentarse alguna oposición de sus representantes, les informaron que ya se había convocado a un abogado de oficio y a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia.