SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2017-S1

Fecha: 23-Feb-2017

a)

La accionante a través de su abogado, ratificó el contenido del memorial de acción de libertad, ampliándola manifestó que: a) El Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero del departamento de Beni, no valoró de forma objetiva, las pruebas presentadas, determinando su detención preventiva;          b) El Juez ahora demandado, señaló que su defensa no argumentó sobre el art. 232 del CPP; empero, contrariamente indicó que no encontró otra medida cautelar que la detención preventiva, lo que es insalvable; c) El Juez ahora demandado, a sabiendas de la existencia de un menor de once meses, no consideró esa excepcionalidad ni tuvo la gana de tratar el art. 232 del CPP, para determinar la detención preventiva; d) Solicitó la conexitud de la causa, que fue también reiterada por el Ministerio Público; y, e) El 25 de noviembre de 2016,  planteó recurso de apelación incidental y del informe de Secretaria de Cámara –no refiere cual–, se colige que hasta la interposición de la presente acción tutelar, no se fijó día y hora de audiencia, contrario a lo que manda la ley que debe ser resuelto en tres días, lo que dio lugar a la presentación de la acción de libertad.