SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0095/2017-s2
Fecha: 20-Feb-2017
III.
La accionante considera vulnerado sus derechos al debido proceso en sus elementos de aplicación objetiva e imparcial de las normas jurídicas, la debida fundamentación y motivación, a una justicia plural, pronta, oportuna, trasparente y sin dilaciones, a la impugnación e igualdad; alegando que dentro del proceso penal seguido contra Ana Benigna Magne Laruta, por los delitos de difamación, calumnia y propalación de ofensas, pese haber interpuesto recurso de casación contra el Auto de Vista 30/2015 de 2 de abril, y Auto Complementario de 23 de julio de igual año, cumpliendo todos los requisitos de admisibilidad, las autoridades ahora demandadas, sin considerar los agravios expuestos como la doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad, mediante Auto Supremo 083/2016-RA de 10 de febrero, resolvieron declarar inadmisible dicho recurso, bajo el fundamento de que el recurso se habría interpuesto sin que concurran los requisitos exigidos y porque no se planteó recurso de apelación restringida alguno; impidiendo indebidamente de que el Tribunal Supremo de Justicia pueda ingresar al análisis de fondo y consideración de los agravios expresados en su recurso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. Sobre los requisitos de admisibilidad del recurso de casación y los presupuestos de flexibilización que deben observarse ante la denuncia de defectos absolutos
- un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite abrir excepcionalmente la competencia de este Tribunal, es aquel en el que se denuncie la existencia de graves y evidentes infracciones a los derechos de las partes y que constituyan defectos absolutos no susceptibles de convalidación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a formular una simple denuncia de actividad procesal defectuosa sin la debida fundamentación; por el contrario, en este tipo de situaciones, la parte recurrente deberá formular las denuncias vinculadas a la existencia de defectos absolutos, teniendo como obligación el proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso, detallar con precisión la restricción o disminución del derecho o garantía, precisando el mismo y finalmente explicar el resultado dañoso emergente del defecto, así como las consecuencias procesales cuya relevancia tenga connotaciones de orden constitucional
- Entonces, para que opere la admisión de un recurso de casación por vía de la flexibilización
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo