SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0106/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0106/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

a)

La parte accionante en audiencia, a través de su abogado, señaló que: a) Era imprescindible contar con el informe de la autoridad demandada, por otro lado solicitó se vuelva a notificar al tercer interesado para que remita los antecedentes del proceso ejecutivo; b) Los accionantes son personas con capacidades diferentes, gozando por lo tanto de la flexibilización al acceso a la justicia; c) La accionante viene peregrinando ante la justicia desde el 2011, a través de una acción penal contra Enrique Trujillo por la supuesta comisión de los delitos de estafa falsedad ideológica, que fueron denunciados ante el Ministerio Público;    d) El demandado Enrique Trujillo, pretendió por vías de hecho y de derecho el desapoderamiento del inmueble de la accionante; e) El delito de falsedad ideológica y material no es un delito de resultado como la estafa, sino de peligro y ante la comisión de ese hecho delictivo sus defendidos se encuentran en peligro de ser privados de su derecho a la propiedad por la ejecución de un mandamiento de desapoderamiento bajo el argumento de que el art. 517 del Código de Procedimiento Civil (CPC), establece que las sentencias ejecutoriadas no podrán suspenderse por ningún recurso ordinario ni extraordinario; y, f) El demandado Enrique Trujillo desde su cargo de Subgobernador, viene amenazando e intimidando a los accionantes a tal grado que el Juez Público en lo Civil, no remitió el cuaderno procesal ante el Tribunal de garantías, situación que debe ser remitida ante el Ministerio Público.