SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0106/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0106/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

Fragmento 3

Los hechos mencionados fueron puestos a conocimiento del Ministerio Público a través del Fiscal de Materia de Caranavi, quien emitió una resolución de rechazo la cual objetó hace más de noventa días  y la cual conforme al art 305 del Código de Procedimiento Penal (CPP), debió ser resuelta en el plazo de diez días, para que se pronuncie una imputación o una conversión de la acción; sin embargo, hubo un silencio absoluto por parte del Ministerio Público que no permite el juzgamiento puro y simple del demandado Enrique Trujillo, por ser el Sub gobernador de Caranavi, cargo desde el cual seguramente influenciara para despojarlos ilegalmente de su propiedad, debiendo hacerse notar, que los derechos humanos a la vida e integridad deben ser tutelados por la acción de libertad, así como el derecho a una justicia plural, pronta, oportuna y sin dilaciones por parte de las autoridades; sin embargo, es el Ministerio Público que con su inacción está poniendo en riesgo la fe pública, porque en base a documentos fraguados se procederá a desapoderarle de su inmueble, situación que pone en riesgo la vida y la integridad de su persona y la de su representado.