SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0108/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0108/2017-S1

Fecha: 23-Feb-2017

II.5.

II.5.  El 5 de noviembre de 2015, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista 50, declaró admisible e improcedente la apelación incidental, bajo los siguientes fundamentos: al dictar el fallo el juez de la causa, obró correctamente, ya que observó que la relación de los datos y las pruebas no se subsumieron a los elementos constitutivos de los delitos acusados. Señaló que al parecer el accionante confundió la difamación con el delito de acusación y denuncia falsa que es de acción pública, denunciado en otro proceso penal iniciado en su contra por la ASFI, en el que los acusados no sindicaron directamente al querellante, por lo que el Juez a quo, al dictar el fallo dio razones jurídicas de su decisión, finalmente observó que el apelante se limitó a relatar los hechos que dieron origen a su querella, sin establecer la vinculación o fundamentación que pretende demostrar, no explicó los hechos ni la razón para revocar el Auto impugnado (fs. 314 a 317).