SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2017-S3

Fecha: 24-Feb-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en su vertiente de congruencia, a la impugnación y a recurrir, toda vez que dentro del proceso ejecutivo seguido en su contra, habiendo interpuesto incidente de nulidad de obrados el 30 de junio de 2015, fue rechazado in límine mediante Auto de 3 de julio de igual año, y una vez recurrido en apelación, fue confirmado en alzada sin considerar las anomalías procedimentales reclamadas, como ser la denegatoria de una solicitud de extinción de obligación en base a una Resolución inexistente de 26 de julio de 2000, que le causó indefensión bajo el argumento que no puede retrotraerse el proceso para revisar actuados procesales precluidos y que no fueron observados oportunamente; es decir, que la vulneración reclamada fue igualmente continuada por el Tribunal de apelación.