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    AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2017-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2017-CA

    Fecha: 03-Mar-2017

    I.2. Respuesta a la acción

    De la revisión de antecedentes, se evidencia que la presente acción de inconstitucionalidad concreta, fue corrida en traslado mediante providencia de 6 de febrero de 2017, cursante a fs. 19, siendo notificado Marín Ayaviri Calcina, el 8 de igual mes y año (fs. 20); sin embargo, no existe constancia de respuesta alguna.

    • Jueza Disciplinaria Primera de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Tarija
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • I.2. Respuesta a la acción
    • rechazar
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas (…) también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal

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