Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2017-CA
Fecha: 03-Mar-2017
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, de conformidad a lo establecido en el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: RATIFICAR la Resolución 177/2016 de 22 de noviembre, cursante de fs. 42 a 47, pronunciada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia Liquidador; y en consecuencia, RECHAZA la acción inconstitucionalidad concreta interpuesta por José Carlos Burzuri Romero en representación de “PACEÑA S.R.L. AGENCIA DESPACHANTE DE ADUANA”.
- Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- Fragmento 5
- “
- tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR