AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2017-RCA
Fecha: 03-Mar-2017
1)
La presente demanda ha cumplido con los siguientes aspectos: 1) La accionante señaló su nombre y generales de ley, indicando además su domicilio procesal; 2) Estableció el nombre y domicilio de la autoridad demandada; 3) La demanda cuenta con patrocinio de abogado; 4) Se advierte una relación de los hechos en los que la parte accionante instituye la acción tutelar; 5) Precisó los derechos constitucionales que se consideran vulnerados; y, 6) Presentó prueba en la que se funda esta demanda y expuso el petitorio de forma clara, relacionado a la fundamentación de hecho y de derecho.
Consecuentemente, se advierte que la accionante cumplió con lo exigido en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8 del art. 33 del CPCo, citado en el Fundamento Jurídico II.2 del presente Auto Constitucional; se aclara que aunque no es exigible el numeral 6, se tiene cumplido el mismo; toda vez que, solicitó la aplicación de medidas cautelares.