Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0091/2017-RCA
Fecha: 17-Mar-2017
II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad (art. 33 del CPCo)
2. Indicó los nombres y domicilios de las autoridades demandadas, manifestando que la acción tutelar se dirige contra Adolfo Nilo Velasco Albornoz y María Cristina Díaz Sosa, Vocales de la Sala Civil, Comercial, Familia, de la Niñez y Adolescencia, de Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija;
4. Efectuó la relación de los hechos en los que funda su acción, precisando los supuestos actos lesivos con relación a los derechos presuntamente vulnerados, indicando que las autoridades demandadas emitieron el Auto de Vista 108/2016 de 15 de julio, careciendo de fundamentación, motivación y congruencia;