Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0102/2017-RCA
Fecha: 29-Mar-2017
a)
Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia, se disponga: a) La nulidad de la Sentencia 64 de 25 de agosto de 2014, emitida por la Sala Social Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia pronunciándose una nueva; y, b) Se mantenga subsistentes y vigentes la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ-1482/2014 de 27 de octubre, y Resolución de Recurso de Alzada ARIT- LPZ/RA 0593/2014 de 4 de agosto.
- acción de amparo constitucional
- I
- el debido proceso sustantivo, ya que atenta contra el principio de razonabilidad porque no existe una correspondencia
- a)
- rechazo
- prorroga del plazo hasta el día siguiente hábil
- Fragmento 7
- II.1 Marco normativo constitucional y legal
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- CONFIRMAR