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    AUTO CONSTITUCIONAL 0102/2017-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0102/2017-RCA

    Fecha: 29-Mar-2017

    Fragmento 7

             El art. 128 de la Constitución Política del Estado (CPE), establece que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.

    • acción de amparo constitucional
    • I
    • el debido proceso sustantivo, ya que atenta contra el principio de razonabilidad porque no existe una correspondencia
    • a)
    • rechazo
    • prorroga del plazo hasta el día siguiente hábil
    • Fragmento 7
    • II.1   Marco normativo constitucional y legal
    • la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
    • CONFIRMAR

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