AUTO CONSTITUCIONAL 0105/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0105/2017-RCA

Fecha: 29-Mar-2017

a)

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera del departamento de Chuquisaca, constituida en Jueza de garantías, mediante decreto de 16 de febrero de 2017, cursante a fs. 16, determinó que previamente a la admisión de la presente acción de amparo constitucional la accionante subsane los siguientes aspectos: a) Adjuntar la notificación con la Sentencia o última Resolución emitida; b) Efectuar una relación clara y detallada de los hechos, sobre los cuales sustenta la lesión de sus derechos; c) Identificar los derechos que considera vulnerados; d) Aclarar el domicilio de tercer interesado y si se refiere al Ministerio de Salud u otro; y,       e) Adjuntar toda la documentación que estuviera en su poder, a efectos de realizar un pronunciamiento integral enmarcado en la jurisprudencia constitucional, asimismo identificar de manera expresa la dirección de correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.