DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0020/2017
Fecha: 28-Mar-2017
I.1. Contenido de la consulta
Mediante memorial de 14 de marzo de 2017, cursante a fs. 17 y vta., el consultante sostiene que las Asociaciones Comunitarias Zonas Iupaguasu y Alto Parapetí, representadas por Claudio Aramayo Romero y Santos Romero Quema; además de Cornelio Jarillo Cerezo y Nora Cárdenas Durán, respectivamente, solicitan referendo de conversión del Municipio de Lagunillas a Autonomía Indígena Originaria Campesina (AIOC) vía iniciativa popular.
En mérito a lo solicitado, a través de las áreas correspondientes, se elaboró el Informe SIFDE SCZ 005/2017 -de evaluación técnica- y el Informe Legal 013/2017, ambos de 10 de marzo, en los cuales se evidencia que la solicitud cumple con todos los requisitos establecidos en la ley, por lo que el Tribunal Departamental Electoral de Santa Cruz, emitió la Resolución TED-SCZ-AIOC 001/2017 de 14 del mismo mes, que aprobó los informes citados y da curso al inicio de la consulta constitucional.
- I.1. Contenido de la consulta
- ¿ESTÁ USTED DE ACUERDO QUE EL MUNICIPIO DE LAGUNILLAS SE CONVIERTA A AUTONOMÍA INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINA, DE ACUERDO CON LOS ALCANCES, PRECEPTOS Y PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO Y LA LEY? SI - NO
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Del modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- 1)
- la transformación del Estado boliviano en Estado Plurinacional con autonomías, implica el establecimiento de una nueva estructura y organización territorial y funcional del Estado, basado en la distribución ordenada de funciones y asignación de competencias entre los diferentes niveles de gobierno para la óptima ejecución de los fines y funciones del Estado
- III.2.
- i)
- La decisión de convertir un municipio en autonomía indígena originario campesina se adoptará mediante referendo conforme a los requisitos y condiciones establecidos por ley
- (JURISDICCIÓN TERRITORIAL DE LA AUTONOMÍA INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINA).
- II.
- a)
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Si se cumplen los criterios señalados en el parágrafo II, el Tribunal electoral competente remitirá la o las preguntas de la propuesta al Tribunal Constitucional Plurinacional, para efectos de su control de constitucionalidad
- municipio de Lagunillas
- d)
- CONSTITUCIONALIDAD