SENTENCIA CON9STITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CON9STITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2017-S1

Fecha: 09-Mar-2017

a)

El accionante a través de su abogado defensor en audiencia manifestó que: a) La Fiscal de Materia asignada a su caso, basó su imputación formal en ocho elementos de convicción, dentro los cuales se encuentra un acta de entendimiento que supuestamente fue firmada por su persona y Rocío Alarcón Arana, “directora educativa de la unidad” (sic), documento en el cual, hubiera aceptado el hecho de haber tenido conversaciones con menores de edad, en las que les pidió que le envíen fotografías, dicha prueba fue adjuntada únicamente en fotocopia simple; por lo que, no podría ser validada, toda vez que va contra la legalidad y la seguridad jurídica, debido a que la misma podría ser manipulada; b) La Jueza hoy demandada validó la fotostática señalada previamente, argumentando que en esa instancia no era exigible documentación en original, sin tomar en cuenta que al momento de su declaración, negó que la firma en la supuesta acta de entendimiento así como tener conocimiento de las conversaciones referidas mediante WhatsApp; y, c) Los tres informes legales firmados por el asignado al caso, no coinciden las rúbricas entre sí, por lo que se debió realizar una investigación al respecto.