SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2017-S1

Fecha: 09-Mar-2017

i)

Patricia Romero en suplencia legal de Olvis Egüez Oliva, Fiscal Departamental de Pando, en audiencia expresó que: i) Los argumentos esgrimidos son totalmente falaces, ya que, alegó estar privado de su libertad haciendo enunciación de un derecho constitucional que es tutelado a través de la acción de libertad cuando está indebidamente privado de la misma; ii) El accionante dentro del proceso penal de hurto recobro su libertad; sin embargo, en la actualidad se encuentra detenido por el tipo penal de tentativa de violación a una menor de diecisiete años, debido a lo cual fue condenado con una sentencia ejecutoriada; y, iii) “…la situación jurídica no la dispone el fiscal de forma directa sino los jueces en materia penal, vamos presentar por secretaria el mandamiento de condena, del juzgado cautelar primero y el informe de acción directa de los antecedentes que se ha munido pues como defensores de la sociedad tendríamos la responsabilidad de que una persona si esta privada de libertad sea en el marco de ilegalidad para caso concreto estamos hablando que dentro el proceso de hurto no está detenido…” (sic).