SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2017-S1

Fecha: 09-Mar-2017

III.3.  Análisis del caso

La parte accionante alegó que compró un bien inmueble ubicado en la comunidad Sunchuhuayco; y, cuatro meses antes de dicha transacción estuvieron en posesión pacífica del mismo. El 20 de diciembre del mismo año, a horas 10:30, en circunstancia de su retorno a la ciudad de Tarija, recibió una llamada telefónica de sus hijas que se encontraban en dicho bien, le comunicaron que al ingreso de esa propiedad se estacionó un vehículo de color azul oscuro obstaculizando la salida de quienes se encontraban dentro el inmueble, inclusive colocaron otro candado y recibieron amenazas de muerte. Por esos hechos descritos, consideró que los ahora demandados supuestamente privaron la libertad a quienes se encontraban dentro el inmueble tantas veces referido. 

Ahora bien, de antecedentes se evidencia que los demandados se constituyeron en el lugar donde se generó la denuncia, estacionaron  una vagoneta de color azul oscuro frente al bien inmueble; sin embargo, no se advierte que las personas que supuestamente se encontraban dentro el predio hayan sido impedidos de salir. La presencia de un vehículo estacionado en la puerta del aludido bien, no muestra una obstaculización de la salida de personas; asimismo, se denuncia que colocaron otro candado a la puerta principal; empero, una vez que se constituyeron en el lugar los efectivos de la FELCC conjuntamente con la representante de la parte accionante, se podría haber constatado tales  hechos ya sea mediante una acción directa o un acta que dé cuenta sobre lo ocurrido; por lo que, esos aspectos impiden a este Tribunal tener la certeza de que hubo una restricción del derecho a la libertad de los accionantes. Por otro lado, con relación a las supuestas amenazas inclusive de muerte proferidas por los demandados contra las personas que se encontraban en el interior del bien, no existe indicios que hagan presumir tales actos; de haber sido así se constituiría en un delito que puede ser denunciado ante la autoridad llamada por ley.