SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2017-S3
Fecha: 06-Mar-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Fue denunciado y luego imputado por la presunta comisión del delito de rapto de la menor AA, habiendo sido restringido de su derecho a la libertad, puesto que se revocaron las medidas sustitutivas a la detención preventiva por una serie de ardides que se realizaron en su contra, sin tomar en cuenta que es una persona con discapacidad intelectual, por lo tanto inimputable, motivo por el cual estaría siendo privado de libertad indebidamente.
Solicitó cesación a su detención preventiva; empero, la misma fue rechazada por el Juez de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de Oruro -hoy codemandado-, razón por la cual presentó recurso de apelación, al no haberse ejercido el control jurisdiccional correspondiente sobre las actuaciones del Ministerio Público.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- está obligado a verificar y determinar la concurrencia de los requisitos previstos por el art. 233 CPP, para lo que deberá contrastar la solicitud fundamentada del Ministerio Público con los elementos de prueba presentados sobre la concurrencia de los requisitos, en el marco de las normas previstas por los arts. 234 y 235 CPP;
- sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva, se determine la sustitución o modificación de esa medida o, finalmente, cuando se la revoca;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR