SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2017-S3

Fecha: 06-Mar-2017

Fragmento 12

Por lo anteriormente referido, al no haberse agotado los medios idóneos, expeditos y rápidos existentes en la jurisdicción ordinaria, no es posible que el accionante acuda de forma directa a la justicia constitucional en procura del restablecimiento de sus derechos, por lo que conforme al Fundamento Jurídico III.1. de este fallo constitucional, corresponde denegar la tutela solicitada.