Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2017-S3
Fecha: 06-Mar-2017
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Román Castro Quisbert, Juez de Instrucción Penal Primero -en suplencia legal de su similar Primero, Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer de la Capital del departamento de La Paz- y Mónica del Pilar de la Riva Irahola, Fiscal de Materia, no asistieron a la audiencia de la presente acción tutelar ni presentaron informe alguno, pese a sus citaciones cursantes a fs. 6.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- i)
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales -antes de la imputación formal
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- Cuando existe imputación y/o acusación formal
- Tercer supuesto:
- Fragmento 12
- CONFIRMAR