Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0141/2017-S2
Fecha: 06-Mar-2017
acción de libertad
En revisión de la Resolución de 16/2016 de 23 diciembre, cursante de fs. 26 a 27 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Antonio Ventura Mamani contra Cynthia Blanca Delgadillo Aramayo, Jueza y José Luís Apaza Aguilar, Secretario, ambos del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer Primero del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se debe hacer referencia al habeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Este tipo de habeas corpus, implícito en el art. 125 de la CPE, emerge directamente del art. 89 de la LTC, que establece que también procede el habeas corpus cuando se aleguen
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo