SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2017-S2
Fecha: 06-Mar-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público y José Luis Cuenca Valenzuela contra Sergio Bustillos y “otros”, por la presunta comisión del delito de consorcio de jueces, fiscales, policías y abogados y “otros”, se llevó a cabo la audiencia de cesación a la detención preventiva, donde se dictó la Resolución 010/2016 de 9 de diciembre, la que habiendo sido desfavorable a sus intereses fue apelada en audiencia al tenor del art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), y como se encontraban presentes todas las partes procesales, en audiencia correspondía únicamente la remisión dentro las veinticuatro horas al superior en grado; sin embargo, hasta la interposición de la presente acción de libertad, la misma aún no fue realizada, a pesar de haberse apersonado ante el juzgado a efectos de otorgar los recaudos de ley para la remisión.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Obligación de tramitar con celeridad las solicitudes presentadas por el privado de libertad
- III.2. Procedimiento de los recursos de apelación emergentes de medidas cautelares
- el plazo de remisión de los antecedentes del recurso de apelación,
- formulado de manera escrita,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte