SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2017-S1

Fecha: 09-Mar-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 3 de mayo de 2016, mediante memorial solicitó a la Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera del departamento de Santa Cruz, disponga que el Ministerio Público requiera conforme establece el        art. 302 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin embargo, trascurrieron más de dos meses sin que su solicitud sea decretada, mucho menos se conminó al Fiscal Departamental para dicho fin.

Transcurrieron más de las veinticuatro horas establecidas por ley para que se emita el correspondiente decreto en respuesta al memorial referido, lo que no sucedió pese a que su abogado estuvo peregrinando a fin de obtener respuesta, es así que, existe incumplimiento de deberes por parte de la Jueza demandada, lesionando el “principio constitucional de libre despacho” (sic), incurriendo en retardación de justicia, vulnerando de esa manera el debido proceso, ocasionándole indefensión.