Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0160/2017-S2
Fecha: 06-Mar-2017
Por consiguiente, se establece y modula el entendimiento respecto a la presentación de la prueba en la acción de libertad, señalado que se puede y debe remitir ante este Tribunal Constitucional Plurinacional, en fotocopia simple el proceso o partes del proceso principal, los mismos que deberán ser refrendadas por el juez o tribunal de garantías constitucional. Debiendo para ello como requisito solicitar de manera expresa el accionante dicho extremo en su caso señalar las partes más importantes del proceso
(…) Por consiguiente, se establece y modula el entendimiento respecto a la presentación de la prueba en la acción de libertad, señalado que se puede y debe remitir ante este Tribunal Constitucional Plurinacional, en fotocopia simple el proceso o partes del proceso principal, los mismos que deberán ser refrendadas por el juez o tribunal de garantías constitucional. Debiendo para ello como requisito solicitar de manera expresa el accionante dicho extremo en su caso señalar las partes más importantes del proceso…” (las negrillas nos pertenecen).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte,
- II.
- III.
- III.1. La exigencia de pruebas
- Por consiguiente, se establece y modula el entendimiento respecto a la presentación de la prueba en la acción de libertad, señalado que se puede y debe remitir ante este Tribunal Constitucional Plurinacional, en fotocopia simple el proceso o partes del proceso principal, los mismos que deberán ser refrendadas por el juez o tribunal de garantías constitucional. Debiendo para ello como requisito solicitar de manera expresa el accionante dicho extremo en su caso señalar las partes más importantes del proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- conceder en parte
- REVOCAR en todo