SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2017-S2

Fecha: 06-Mar-2017

concedió

El Tribunal Tercero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 17/2016 de 30 de diciembre, cursante de fs. 33 a 34 vta., por la cual, concedió la acción de libertad, debiendo la autoridad demandada en el día resolver la situación jurídica del detenido, fundando en los siguientes puntos: 1) La uniforme jurisprudencia señala que la persona que se encuentre privada de libertad, los trámites deben ser realizados con la mayor celeridad; 2) La SCP 0014/2015-S2 menciona que los detenidos domiciliarios tienen la misma calidad que los detenidos preventivos en recintos;    3) La autoridad demandada menciona que no dio validez a la notificación, sin especificar los presupuestos procesales a las negaciones en los proveídos; y,        4) Dentro de los presupuestos vulnerados de los arts. 163, 401 y 402 con relación al 250 del CPP, establece que las audiencias de los detenidos deben ser llevadas en el plazo de cinco días, bajo responsabilidad, demostrando los argumentos mencionados por el accionante.