SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2017-S1

Fecha: 23-Mar-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Ligia Sandra Peñarrieta Isurza en su contra por la supuesta comisión del delito de resoluciones contrarias a la Constitución y a las Leyes, señalaron audiencia de prosecución de juicio a la que no pudo asistir, debido a que, se encontraba delicada de salud sin poder movilizarse, extremo que fue certificado por el médico que la atendió; sin embargo, el Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del departamento de La Paz, de manera arbitraria la declaró rebelde contraviniendo lo establecido en la                          SCP 0883/2014 de 12 de mayo.

Estimando injusta esa determinación el 25 de julio de 2016, solicitó la revocatoria de rebeldía; empero, las autoridades demandadas por decreto de 26 de julio del referido año, dispusieron que previamente purgue la rebeldía, determinación que impugno a través del recurso de reposición; y, el citado Tribunal de Sentencia Penal advertido de su error declaró procedente el mismo dejando sin efecto la providencia objetada, habiendo señalado audiencia de consideración al efecto para el 4 de octubre del mismo año, sustanciada la misma las autoridades demandadas decidieron mantener firme y subsistente la declaratoria de rebeldía de 22 de julio del señalado año, porque apreciaron insuficiente el certificado médico particular presentando.

Los Jueces demandados, se extralimitaron al mantener firme y subsistente la declaratoria de rebeldía, porque no tomaron en cuenta el diagnóstico del médico, además si les pareció insuficiente debieron concederle plazo para justificar debidamente y no emitir directamente el mandamiento de aprehensión.